Elegibilidad para la asistencia de alquiler del condado de Santa Bárbara

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Estos son los requisitos estrictos de elegibilidad para esta oportunidad de financiamiento. Asegúrese de leer esto en su totalidad, antes de presentar su solicitud a través del enlace a continuación. * Tenga en cuenta que este programa no brinda asistencia financiera para pagos de hipotecas o inquilinos comerciales. *

Si cree que cumple con todos los requisitos a continuación, haga clic aquí para postularse.

Para ser elegible para este financiamiento, debe cumplir con TODOS los siguientes requisitos:

1. Actualmente debe residir en una unidad de alquiler dentro de una de las siguientes áreas elegibles:
Los límites incorporados de la ciudad de Buellton, Carpintería, Guadalupe o Solvang
Cualquier área no incorporada del condado de Santa Bárbara (por ejemplo, Burton Mesa, Casmalia, Cuyama, Eastern Goleta Valley, Gaviota, Isla Vista, Los Alamos, Los Olivos, Montecito, Orcutt, Santa Ynez, Summerland, Vandenberg Village, etc.)

2. Debe haber experimentado una pérdida de ingresos relacionada con COVID-19.

3. No debe tener otros recursos para pagar el alquiler.

4. Su hogar debe calificar como un hogar de bajos ingresos en base a sus ingresos familiares actuales. Todos los miembros adultos del hogar mayores de 18 años deben calificar independientemente de si son parientes. Los ingresos de su hogar deben ser iguales o inferiores a la siguiente cantidad según el tamaño del hogar:

  • 1 individuo - $ 66,750
  • 2 personas - $ 76,250
  • 3 personas - $ 85,800
  • 4 personas - $ 95,300
  • 5 personas - $ 102,950
  • 6 personas - $ 110,550
  • 7 personas - $ 118,200
  • 8 personas - $ 125,800

5. Actualmente debe ocupar y planear permanecer en su unidad actual. (Esta asistencia tiene el propósito de ayudar a los residentes a permanecer en su vivienda actual. Es posible que la asistencia no se aplique a gastos de mudanza, servicios públicos, depósitos de seguridad, etc.)

6. NO debe recibir un subsidio de alquiler a través del vale de elección de vivienda de la Sección 8, el subsidio basado en proyectos u otro subsidio de alquiler permanente. (Si es así, debe comunicarse con el emisor del subsidio para un posible ajuste de alquiler).

7. Los estudiantes que asisten a una institución de educación superior (por ejemplo, colegio o universidad) no son elegibles, a menos que también cumplan con uno de los siguientes requisitos:

Tiene 24 años o más, o
Están casados ​​o
Tiene un hijo dependiente, o
Es un veterano de las fuerzas armadas de los EE. UU. o 
Es una persona con discapacidad
* Nota: los estudiantes dependientes de 18 a 23 años pueden calificar solo si el ingreso familiar de sus padres califica. En ese caso, la documentación de ingresos tanto para el estudiante como para los padres del estudiante será requerida y totalizada para determinar los ingresos y la elegibilidad del hogar. 

Si usted o alguien en su contrato de arrendamiento / alquiler es reclamado como dependiente o podría ser reclamado como dependiente, tendrá que proporcionar información financiera y patrimonial de su padre / tutor.

Si cree que cumple con todos los requisitos anteriores, haga clic aquí para presentar la solicitud.